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¿Qué ingresos puede tener una persona con enfermedad renal si la enfermedad no le permite trabajar?
Las prestaciones a las que una persona con enfermedad renal puede tener acceso en España varían en función de la vida laboral previa a la enfermedad, de la edad, y del grado de discapacidad que tenga reconocido, entre otras circunstancias.
Pensión por incapacidad laboral permanente:
Se accede a ella tras haber sido evaluado por tribunal médico tras una incapacidad temporal (baja). En función de lo que determine el tribunal médico sobre tu capacidad para trabajar o no puede resolver cuatro tipos de incapacidades:
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: reducción de un 33% de tu rendimiento normal en tu profesión habitual, siempre y cuando puedas realizar las tareas fundamentales de tu profesión.
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual. Inhabilita al trabajador para realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra distinta.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo. Inhabilita al trabajador por completo para toda profesión.
- Gran invalidez. Cuando el trabajador además de la situación de incapacidad necesita asistencia de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria.
Pensiones no contributivas:
- Pensión No Contributiva de Invalidez: personas con edades comprendidas entre los 18-65 años con grado de discapacidad igual o superior al 65% y que la unidad convivencia no supere el umbral de ingresos fijado por la comunidad autónoma.
- Pensión No Contributiva de Jubilación: personas de 65 años o más que haya cotizado menos de 15 años y la unidad de convivencia no supere el umbral de ingresos fijado por la comunidad autónoma.
Ingreso Mínimo Vital (IMV): personas en situación de vulnerabilidad económica que carezcan de ingresos o que estén percibiendo alguna prestación compatible con el IMV, por ejemplo: pensión no contributiva de invalidez. A través de este simulador de la seguridad social podrás consultar si tienes derecho a solicitar el IMV: https://imv.seg-social.es/
Prestaciones por desempleo: el Servicio Público de Empleo Estatal dispone de diferentes prestaciones económicas como la prestación contributiva de desempleo, la renta activa de inserción, subsidio por desempleo o subsidio para mayores de 52 años. Te recomendamos que pida cita con la oficina de empleo que te corresponda por domicilio para que puedan orientarse sobre la prestación a la que podrías acceder en función de tu situación y requisitos.
Los extranjeros residentes en España deberán acreditar en todos los casos un tiempo mínimo de residencia en España que varía en función de la prestación.
Más información https://www.seg-social.es/